
Garantizar el derecho a recibir unos servicios de calidad
Las personas en situación de dependencia tienen derecho a recibir unos servicios de calidad.
Plataforma por la Dignidad de las Personas Mayores en Residencias

Las personas en situación de dependencia tienen derecho a recibir unos servicios de calidad.

Para cada residente se crearán planes personalizados con sus preferencias de vida y ocio priorizando la convivencia.

Canales de comunicación permanentes, reuniones de intercambio periódico de información y visitas libres siempre que se desee.

Se facilitará la confección del mismo según el art. 11 de la Ley 41/2002 de 14 de noviembre (Autonomía del Paciente)

Protocolos públicos y accesibles. Garantizar Derechos Humanos y libertades, respeto a la intimidad y la privacidad.

Con más de 35 plazas, el 65% de las habituaciones serán individuales. Con menos plazas, el 25% individuales en ciudades y el 10% en zona rural.

Máximo 120 plazas en ciudades. En pueblos máximo de 90 plazas. Áreas rurales no podrán tener más de 75 residentes.

Cualificado, y con formación continua. Contratos indefinidos el 80%; el personal de atención directa en un 66% será a tiempo completo. Mínimas rotaciones. Los residentes tendrán un profesional de referencia.

Se identificará centro, titularidad y gestión, fecha, motivo de la inspección, resultado y medidas adoptadas.

Salvo peligro inminente y que se haya constatado el fracaso de otras medidas alternativas. Siempre con carácter temporal y proporcional.

Aumento de ratio hasta 1,1 – 1,2 365×24 horas, con cinco horas de atención directa al día por cada residente de grado 2 y 3

Próximos a la actividad social y comunitaria. Acceso garantizado a los centros de salud y hospitales públicos.

Disponibilidad de medios tecnológicos para la detección de peligros potenciales y asistencia inmediata en accidentes.

Elegido democráticamente, será un órgano de asesoramiento, consultivo y participativo. Con competencias para hacer propuestas de mejora. Con participación de residentes y familiares.

Tras 9 meses de la aprobación las AAPP garantizarán cumplimiento. Las CCAA no pueden ignorarlo o rebajar sus exigencias; sí pueden mejorarlas.

Plan de Transición. Todas las residencias están obligadas a elaborar un Plan de Transición donde se recojan todas estas medidas y los plazos para aplicarlas.
Hasta ahora, los cuidados en las residencias se han prestado pensando más en las necesidades organizativas de las empresa (en el negocio), que en las necesidades de las personas mayores a las que se les prestaba el servicio.
Tiene que ser lo contrario.
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