La Ley 4/2026, de 1 de octubre, refuerza los derechos de las personas con discapacidad y en situación de dependencia mediante modificaciones de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de la Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
La reforma supone un avance en el reconocimiento de la autonomía personal, la atención individualizada y el respeto a la voluntad, los deseos y las preferencias de cada persona. También refuerza el derecho a recibir cuidados suficientes y de calidad, a vivir en un entorno inclusivo y accesible y a recibir atención libre de sujeciones y restricciones contrarias a la ley.
Uno de los cambios más relevantes afecta al modelo residencial: la residencia debe concebirse como un lugar para vivir, no simplemente como un establecimiento donde prestar asistencia. La atención debe respetar la intimidad, promover la participación social y adaptarse a las necesidades y al proyecto de vida de cada residente.
Sin embargo, persisten importantes interrogantes sobre la aplicación efectiva de estos derechos. La reforma no establece, en su regulación de la atención residencial, ratios estatales concretas de personal por residente ni desarrolla un sistema completo de indicadores obligatorios para controlar todos los cuidados cotidianos.
Tampoco resuelve por sí sola problemas como la insuficiencia de personal, la falta de atención sanitaria, la desnutrición, la deshidratación, la inactividad prolongada o el aislamiento. Estas situaciones requieren protocolos adecuados, recursos suficientes, inspecciones eficaces y mecanismos de reclamación que permitan detectar y corregir incumplimientos.
En la Comunidad de Madrid será necesario contrastar estos derechos con la normativa autonómica, los requisitos de funcionamiento de las residencias y los compromisos de calidad de la Administración.
La cuestión fundamental es si el reconocimiento legal de los derechos se traducirá en mejoras reales de la atención. Respetar la voluntad de una persona no significa abandonarla cuando rechaza comer, beber o participar en actividades: exige valorar las causas, ofrecer apoyos adecuados y prevenir riesgos sin vulnerar su autonomía.
La ley abre una oportunidad para avanzar hacia un modelo residencial más digno y centrado en las personas. El reto es convertir esos principios en obligaciones verificables, recursos suficientes y responsabilidades efectivas de las administraciones y de los centros.
